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Calculadora de plazos Ley Karin. Cada etapa, con su fecha límite.

Ingresa la fecha en que se presentó la denuncia y obtén la fecha límite de referencia de cada etapa del procedimiento, en días hábiles o corridos según el reglamento (DS 21).

Revisado el 2 de octubre de 2026 · Equipo NexoÍntegro · Cómo elaboramos este contenido

Calcular plazos

Calendario de feriados nacionales 2025–2027. Funciona sin cuenta y no guarda la fecha.

Cómo se calculan.

Días hábiles de lunes a viernes, sin feriados nacionales, salvo las medidas finales, que son días corridos.

EtapaPlazoDesdeQué dice la norma
Medidas de resguardo adoptadasDe inmediatoLa recepción de la denunciaDeben adoptarse de inmediato al recibir la denuncia (DS 21, art. 13).
Aviso o derivación a la Dirección del Trabajo3 días hábilesLa recepción de la denunciaSi investiga la empresa, informar a la DT el inicio y las medidas de resguardo; si deriva o la persona denunciante lo pide, remitir la denuncia. Las denuncias contra gerentes, administradores u otros representantes del empleador siempre se derivan (DS 21, art. 12).
Denuncia reportada a la mutual o al ISL5 días hábilesQue la empresa conoce la denunciaReportar la denuncia al organismo administrador de la Ley 16.744 en el plazo que este fije, de máximo 5 días hábiles desde que la empresa toma conocimiento (Ley 21.643, art. 6; SUSESO, Circular 3854).
Término de la investigación30 días hábilesLa presentación de la denunciaLa investigación debe concluir dentro de 30 días hábiles desde la presentación de la denuncia (DS 21, art. 17).
Informe remitido a la Dirección del Trabajo2 días hábilesEl término de la investigaciónRemitir el informe y sus conclusiones a la DT, de forma electrónica, dentro de 2 días hábiles de terminada la investigación (DS 21, art. 18).
Pronunciamiento de la Dirección del Trabajo30 días hábilesLa remisión del informeFecha en que se notifica el pronunciamiento. La DT tiene 30 días hábiles desde la remisión del informe; si no se pronuncia, las conclusiones del informe quedan válidas (DS 21, art. 18).
Medidas y sanciones aplicadas15 días corridosLa notificación del pronunciamiento o el vencimiento del plazo de la DTDentro de 15 días corridos desde la notificación del pronunciamiento o, si la DT no se pronunció, desde que vencieron sus 30 días hábiles (DS 21, art. 19).

¿Quieres el detalle de cada etapa? Lee el procedimiento de investigación paso a paso.

Preguntas frecuentes

¿Los plazos de la Ley Karin son de días hábiles o corridos?

El reglamento (DS 21) fija como regla general días hábiles, sin contar sábados, domingos ni festivos. La excepción son las medidas y sanciones finales, que se aplican dentro de 15 días corridos.

¿Desde cuándo se cuenta el plazo de la investigación?

Desde la presentación de la denuncia. La investigación debe concluir dentro de 30 días hábiles; si la denuncia se derivó, el plazo de la Dirección del Trabajo corre desde que recibe la derivación.

¿Qué pasa si la Dirección del Trabajo no se pronuncia en 30 días?

Se consideran válidas las conclusiones del informe que envió la empresa, y las medidas o sanciones se aplican dentro de 15 días corridos desde que vence ese plazo.

¿Las vacaciones o una licencia médica suspenden el plazo de investigación?

No. La Dirección del Trabajo ha señalado que el plazo de investigación no se suspende por el uso del feriado legal ni por licencias médicas.

¿Por qué la calculadora supone que cada etapa usa todo su plazo?

Porque así muestra la fecha límite de cada etapa. Si una etapa termina antes, por ejemplo si la investigación concluye en 20 días hábiles, las siguientes se adelantan. En NexoÍntegro, el expediente de cada caso recalcula los plazos con las fechas reales que registras.

Sigue leyendo

  • Procedimiento de investigaciónDesde la denuncia hasta las medidas, con plazos y responsables.
  • Protocolo de prevenciónQué debe contener, quién lo elabora y cómo se informa.
  • Ley Karin para pymesQué cambia con menos de 10 trabajadores y una lista de verificación.
  • Conductas que cubreAcoso laboral, acoso sexual y violencia en el trabajo, según la ley.

Fuentes

  • Decreto Supremo N° 21 de 2024, Ministerio del Trabajo (reglamento de investigaciones) — BCN
  • Código del Trabajo, arts. 2, 4, 153 a 156, 160, 168, 211-A a 211-E, 485, 489 y 505 bis a 506 ter — BCN
  • Dirección del Trabajo, ORD. N° 57/04 (26-01-2026): plazos y funcionarios públicos
  • Dirección del Trabajo, ORD. N° 386/10 (03-06-2025): cómputo del plazo de investigación

Herramienta informativa, no asesoría legal. Usa el calendario de feriados nacionales; si en tu región hay un feriado regional, ajusta las fechas.

Lleva estos plazos en cada caso, con alertas.

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