Ir al contenido
NexoÍntegro
ProductoPlanesSeguridadContacto
AccederActivar gratis
  1. Inicio
  2. Guía Ley Karin
  3. Ley Karin para pymes
Ley Karin · pymes

Ley Karin para pymes. Qué cambia con menos de 10 trabajadores.

La Ley Karin aplica a todas las empresas, sin importar su tamaño. Esto es lo que cambia en las pymes, lo que arriesgan y una lista para revisar que cumples.

Activar canal Ley Karin gratis

Revisado el 2 de octubre de 2026 · Equipo NexoÍntegro · Cómo elaboramos este contenido

Ninguna empresa está exenta. Con menos de diez trabajadores permanentes no hay reglamento interno, así que el protocolo y el procedimiento de investigación se dan a conocer por escrito al firmar el contrato y se incorporan al reglamento de higiene y seguridad que toda empresa debe tener (art. 67 de la Ley 16.744).

Qué cambia con menos de 10 trabajadores.

El reglamento interno es obligatorio desde diez trabajadores permanentes (art. 153). Para las empresas más pequeñas, el artículo 154 bis exige dar a conocer el protocolo y el procedimiento de investigación y sanción al momento de firmar el contrato, por escrito, e incorporarlos al reglamento de higiene y seguridad. La Dirección del Trabajo confirma que la obligación se extiende a todas las empresas con menos de diez trabajadores.

Todo lo demás es igual: protocolo, medios para recibir denuncias, medidas de resguardo, investigación o derivación, plazos y sanciones.

Tamaño de empresa y multas.

La ley no fija una multa especial: rige la escala general del artículo 506 según el tamaño (art. 505 bis).

TamañoTrabajadores contratadosMulta por infracción
Microempresa1 a 91 a 5 UTM
Pequeña10 a 491 a 10 UTM
Mediana50 a 1992 a 40 UTM
Grande200 o más3 a 60 UTM

Si te fiscalizan:

  • En una micro o pequeña empresa, si la infracción no pone en riesgo inminente la seguridad o la salud de los trabajadores, el inspector puede conceder un plazo de al menos cinco días hábiles para corregirla (art. 506 bis).
  • Las micro y pequeñas empresas que no hayan reclamado la multa pueden pedir, una vez al año por la misma infracción y dentro de 30 días de notificada, sustituirla por un programa de asistencia al cumplimiento o de capacitación de la Dirección del Trabajo, previa acreditación de haber corregido la infracción (art. 506 ter).

La ayuda de tu mutual o el ISL.

El organismo administrador de la Ley 16.744 al que está adherida tu empresa debe darte asistencia técnica para elaborar el protocolo y entregarte el modelo oficial de la Superintendencia de Seguridad Social (Anexo N° 53 de la Circular 3813). Si tienes menos de diez trabajadores, también debe ayudarte a elaborar el procedimiento de investigación, y puedes evaluar los riesgos con una pauta simplificada (Anexo N° 54). Contratar apoyo externo no reduce la responsabilidad de la empresa. Qué debe contener el protocolo.

Lista de verificación.

Once obligaciones que aplican a toda empresa, con su fuente.

  1. Tener un protocolo de prevención con su contenido mínimo.CT art. 211-A
  2. Tener el procedimiento de investigación por escrito: en el reglamento interno o, con menos de diez trabajadores, informado al firmar el contrato e incorporado al reglamento de higiene y seguridad.CT arts. 154 N°12 y 154 bis
  3. Informar cada semestre los canales de denuncia internos y los del Estado.CT art. 211-A; DS 21 art. 6
  4. Capacitar a las personas trabajadoras.CT art. 211-A letra c
  5. Disponer medios para recibir denuncias verbales o escritas y entregar un comprobante.DS 21 art. 11
  6. Adoptar medidas de resguardo de inmediato.CT art. 211-B bis
  7. Reportar cada denuncia a la mutual o al ISL en el plazo que fije, de máximo 5 días hábiles.Ley 21.643 art. 6; SUSESO, Circular 3854
  8. Decidir en 3 días hábiles si investiga o deriva, y concluir en 30 días hábiles. Si la denuncia es contra quien representa al empleador, derivarla siempre a la Dirección del Trabajo.CT art. 211-C; DS 21 art. 12
  9. Remitir el informe a la Dirección del Trabajo en 2 días hábiles.DS 21 art. 18
  10. Aplicar e informar las medidas o sanciones en 15 días corridos.CT art. 211-E; DS 21 art. 19
  11. Derivar a atención psicológica temprana a través del organismo administrador.DS 21 art. 6

Para los plazos de un caso concreto, usa la calculadora de plazos.

Lo que hace NexoÍntegro

Un canal Ley Karin sin costo para empezar.

El plan Free de NexoÍntegro incluye un canal de denuncias, sin tarjeta ni fecha de término: puedes usarlo para la Ley Karin, con el formulario Ley Karin listo para usar, seguimiento para quien denuncia y registro de cada etapa. Si necesitas canales separados para ética y prevención del delito, el plan PYME incluye tres por $ 29.900 al mes, IVA incluido. Compara los planes.

Preguntas frecuentes

¿Las empresas con menos de 10 trabajadores están exentas de la Ley Karin?

No. La ley aplica a todo empleador. Lo único que cambia es que, al no estar obligadas a tener reglamento interno, deben dar a conocer el protocolo y el procedimiento por escrito al firmar el contrato e incorporarlos al reglamento de higiene y seguridad.

¿Qué es una microempresa para efectos de las multas?

La que tiene entre 1 y 9 trabajadores contratados (art. 505 bis del Código del Trabajo). Ojo: la obligación de reglamento interno se cuenta con trabajadores permanentes, que es un criterio distinto.

¿La mutual o el ISL me ayudan?

Sí. Deben dar asistencia técnica para elaborar el protocolo y entregar el modelo oficial, y a las empresas con menos de diez trabajadores también deben ayudarlas con el procedimiento de investigación.

¿Me pueden cambiar la multa por capacitación?

Si no la reclamaste, puedes pedir, una vez al año por la misma infracción y dentro de 30 días de notificada, sustituirla por un programa de asistencia al cumplimiento o de capacitación de la Dirección del Trabajo, previa acreditación de haber corregido la infracción (art. 506 ter). Aplica a micro y pequeñas empresas.

¿Necesito un software para cumplir?

No es obligatorio: el reglamento exige medios idóneos para recibir denuncias y entregar un comprobante, no un sistema específico. Una plataforma ayuda a dar reserva, seguimiento y registro de cada paso.

Sigue leyendo

  • Procedimiento de investigaciónDesde la denuncia hasta las medidas, con plazos y responsables.
  • Calculadora de plazosIngresa la fecha de la denuncia y obtén la fecha límite de cada etapa.
  • Protocolo de prevenciónQué debe contener, quién lo elabora y cómo se informa.
  • Conductas que cubreAcoso laboral, acoso sexual y violencia en el trabajo, según la ley.

Fuentes

  • Código del Trabajo, arts. 2, 4, 153 a 156, 160, 168, 211-A a 211-E, 485, 489 y 505 bis a 506 ter — BCN
  • Decreto Supremo N° 21 de 2024, Ministerio del Trabajo (reglamento de investigaciones) — BCN
  • Ley 16.744 (accidentes del trabajo), art. 67 — BCN
  • Dirección del Trabajo, ORD. N° 362/19 (07-06-2024): alcance de la Ley 21.643
  • Dirección del Trabajo, ORD. N° 497/21 (31-07-2024): denuncia anónima e investigadores externos
  • Superintendencia de Seguridad Social, Circular N° 3813: asistencia técnica para la Ley Karin
  • SUSESO, Compendio: reporte de denuncias al organismo administrador (Circular N° 3854)

Contenido informativo, no asesoría legal. Normativa vigente a la fecha de revisión.

Activa tu canal Ley Karin gratis.

Activar gratisAgendar demo
NexoÍntegro

Canal de denuncias para empresas en Chile.

Un producto de GHAnalytics

Producto

  • Recorrido
  • Planes
  • Seguridad
  • Centro de confianza
  • Acceder

Canal de denuncias

  • Qué es un canal de denuncias
  • Canal Ley Karin
  • Prevención del delito
  • Denuncia anónima
  • Guía de la Ley Karin

Compañía

  • GHAnalytics
  • LinkedIn
  • Contacto y demo
  • Términos
  • Privacidad
  • Cookies
  • Política editorial

GHAnalytics SpA · RUT 77504126-9 · Compañía de Jesús 1390, Of. 1303, Santiago · Derechos ARCO: contacto@ghanalytics.cl

© 2026 GHAnalytics SpA