La Ley Karin aplica a todas las empresas, sin importar su tamaño. Esto es lo que cambia en las pymes, lo que arriesgan y una lista para revisar que cumples.
Ninguna empresa está exenta. Con menos de diez trabajadores permanentes no hay reglamento interno, así que el protocolo y el procedimiento de investigación se dan a conocer por escrito al firmar el contrato y se incorporan al reglamento de higiene y seguridad que toda empresa debe tener (art. 67 de la Ley 16.744).
El reglamento interno es obligatorio desde diez trabajadores permanentes (art. 153). Para las empresas más pequeñas, el artículo 154 bis exige dar a conocer el protocolo y el procedimiento de investigación y sanción al momento de firmar el contrato, por escrito, e incorporarlos al reglamento de higiene y seguridad. La Dirección del Trabajo confirma que la obligación se extiende a todas las empresas con menos de diez trabajadores.
Todo lo demás es igual: protocolo, medios para recibir denuncias, medidas de resguardo, investigación o derivación, plazos y sanciones.
La ley no fija una multa especial: rige la escala general del artículo 506 según el tamaño (art. 505 bis).
| Tamaño | Trabajadores contratados | Multa por infracción |
|---|---|---|
| Microempresa | 1 a 9 | 1 a 5 UTM |
| Pequeña | 10 a 49 | 1 a 10 UTM |
| Mediana | 50 a 199 | 2 a 40 UTM |
| Grande | 200 o más | 3 a 60 UTM |
Si te fiscalizan:
El organismo administrador de la Ley 16.744 al que está adherida tu empresa debe darte asistencia técnica para elaborar el protocolo y entregarte el modelo oficial de la Superintendencia de Seguridad Social (Anexo N° 53 de la Circular 3813). Si tienes menos de diez trabajadores, también debe ayudarte a elaborar el procedimiento de investigación, y puedes evaluar los riesgos con una pauta simplificada (Anexo N° 54). Contratar apoyo externo no reduce la responsabilidad de la empresa. Qué debe contener el protocolo.
Once obligaciones que aplican a toda empresa, con su fuente.
Para los plazos de un caso concreto, usa la calculadora de plazos.
El plan Free de NexoÍntegro incluye un canal de denuncias, sin tarjeta ni fecha de término: puedes usarlo para la Ley Karin, con el formulario Ley Karin listo para usar, seguimiento para quien denuncia y registro de cada etapa. Si necesitas canales separados para ética y prevención del delito, el plan PYME incluye tres por $ 29.900 al mes, IVA incluido. Compara los planes.
No. La ley aplica a todo empleador. Lo único que cambia es que, al no estar obligadas a tener reglamento interno, deben dar a conocer el protocolo y el procedimiento por escrito al firmar el contrato e incorporarlos al reglamento de higiene y seguridad.
La que tiene entre 1 y 9 trabajadores contratados (art. 505 bis del Código del Trabajo). Ojo: la obligación de reglamento interno se cuenta con trabajadores permanentes, que es un criterio distinto.
Sí. Deben dar asistencia técnica para elaborar el protocolo y entregar el modelo oficial, y a las empresas con menos de diez trabajadores también deben ayudarlas con el procedimiento de investigación.
Si no la reclamaste, puedes pedir, una vez al año por la misma infracción y dentro de 30 días de notificada, sustituirla por un programa de asistencia al cumplimiento o de capacitación de la Dirección del Trabajo, previa acreditación de haber corregido la infracción (art. 506 ter). Aplica a micro y pequeñas empresas.
No es obligatorio: el reglamento exige medios idóneos para recibir denuncias y entregar un comprobante, no un sistema específico. Una plataforma ayuda a dar reserva, seguimiento y registro de cada paso.
Contenido informativo, no asesoría legal. Normativa vigente a la fecha de revisión.