Al recibir una denuncia Ley Karin, la empresa debe adoptar medidas de resguardo de inmediato y dejarlas por escrito. Esta plantilla ordena qué registrar.
Las medidas de resguardo protegen a quien denuncia mientras se investiga. Se adoptan de inmediato al recibir la denuncia y la Dirección del Trabajo pide que consten por escrito, con la decisión de la empresa y su fundamento.
Cada sección indica si responde a la norma o a una buena práctica.
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En el expediente Ley Karin de cada caso, las medidas de resguardo son un hito con fecha, nota y registro de auditoría, y forman parte del plazo que vigilan las alertas. Ver el procedimiento completo.
Sí. La Dirección del Trabajo ha indicado que deben registrarse por escrito, dejando constancia de la decisión del empleador y de su fundamento.
La ley menciona la separación de los espacios físicos, la redistribución del tiempo de la jornada y la atención psicológica temprana, pero la lista no es cerrada: la empresa elige las que correspondan a la gravedad de los hechos y la seguridad de quien denuncia.
No. Las medidas no pueden ser gravosas ni perjudiciales para quien denuncia; si implican un cambio de puesto, no pueden reducir su remuneración, incluida la variable.
Plantilla informativa, no asesoría legal. Las medidas dependen de cada caso.