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Plantilla · pymes

Protocolo de prevención para pymes. Para completar con tu mutual.

Una plantilla con las secciones mínimas del protocolo de prevención de la Ley Karin y texto sugerido para una pyme o microempresa. Complétala con la asistencia de tu mutual o el ISL.

Revisado el 3 de octubre de 2026 · Equipo NexoÍntegro · Cómo elaboramos este contenido

Toda empresa debe tener un protocolo de prevención del acoso y la violencia (art. 211-A del Código del Trabajo). Con menos de diez trabajadores permanentes, se entrega por escrito al firmar el contrato y se incorpora al reglamento de higiene y seguridad. Los textos entre corchetes son los que debes completar.

Plantilla, sección por sección.

Basada en el contenido mínimo de la ley y en el modelo oficial de la SUSESO. Para el detalle de cada requisito, lee la guía del protocolo.

  1. Identificación. [Razón social], RUT [RUT], domicilio [dirección]. Versión [N°], vigente desde [fecha].Modelo SUSESO, Anexo N° 53
  2. Objetivo y alcance. Este protocolo busca prevenir el acoso sexual, el acoso laboral y la violencia en el trabajo en [empresa]. Aplica a todas las personas trabajadoras, incluidas las jefaturas, y considera la violencia ejercida por clientes, proveedores u otros terceros.Modelo SUSESO, Anexo N° 53
  3. Política de prevención. [Empresa] no tolera el acoso ni la violencia en el trabajo y se compromete a prevenirlos, recibir las denuncias e investigarlas con confidencialidad, imparcialidad, celeridad y perspectiva de género. Firma: [nombre y cargo de la máxima autoridad].SUSESO, Circular 3813; Código del Trabajo art. 211-B
  4. Definiciones. Copia las definiciones de acoso sexual, acoso laboral y violencia en el trabajo del artículo 2 del Código del Trabajo.Código del Trabajo art. 2
  5. Identificación y evaluación de riesgos. Riesgos identificados [con menos de 10 trabajadores: con la pauta del Anexo N° 54 de la Circular 3813; con 10 o más: con el cuestionario CEAL-SM/SUSESO, que es obligatorio, y la matriz de riesgos], considerando la perspectiva de género: [riesgo 1], [riesgo 2].Código del Trabajo art. 211-A letra a; SUSESO, Circular 3813, Anexo N° 54
  6. Medidas de prevención. Para cada riesgo: [medida], responsable [nombre], plazo [fecha], indicador [cómo se medirá].Código del Trabajo art. 211-A letras b y d
  7. Información y capacitación. Se informará y capacitará a todas las personas trabajadoras sobre los riesgos, sus derechos y responsabilidades: [actividad], [frecuencia].Código del Trabajo art. 211-A letra c
  8. Canales de denuncia. Las denuncias se reciben en [canal interno: dirección web, correo o persona responsable] y también pueden presentarse ante la Inspección del Trabajo. La empresa informará cada semestre estos canales y los de la Dirección del Trabajo, [mutual o ISL] y la Superintendencia de Seguridad Social.Código del Trabajo art. 211-A; DS 21 art. 6
  9. Procedimiento ante una denuncia. Recibida una denuncia, la empresa adoptará medidas de resguardo de inmediato y en 3 días hábiles decidirá si investiga o deriva a la Dirección del Trabajo, según el procedimiento de investigación y sanción entregado a cada persona trabajadora. Si la persona denunciante lo pide, o si la denuncia es contra un gerente, administrador u otro representante del empleador, la denuncia se deriva siempre a la Dirección del Trabajo.Código del Trabajo arts. 154 bis, 211-B bis y 211-C; DS 21 art. 12
  10. Resguardo de la privacidad y la honra. Se resguardará la privacidad y la honra de todas las personas involucradas, se darán medidas frente a denuncias inconsistentes y se contemplarán mecanismos de protección que resguarden la debida actuación de las personas trabajadoras, independiente del resultado de la investigación.Código del Trabajo art. 211-A letra e
  11. Atención psicológica temprana. Las personas afectadas podrán acceder a atención psicológica temprana a través de [mutual o ISL].DS 21 art. 6; SUSESO, Circular 3813
  12. Seguimiento. Se revisará el cumplimiento de las medidas [frecuencia] y el protocolo se actualizará cuando una investigación o una evaluación lo requiera.Código del Trabajo art. 211-A letra b; DS 21 art. 21
  13. Difusión. Este protocolo y el procedimiento de investigación se dan a conocer por escrito a cada persona trabajadora. [Menos de 10 trabajadores: se entregan al firmar el contrato y se incorporan al reglamento de higiene y seguridad.] [10 o más: se incorporan al reglamento interno de orden, higiene y seguridad.]Código del Trabajo arts. 154 N° 12 y 154 bis; Ley 16.744 art. 67

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Lo que hace NexoÍntegro

El canal que tu protocolo describe.

La sección de canales de denuncia necesita un medio para recibirlas con reserva y comprobante. El plan Free de NexoÍntegro incluye un canal Ley Karin sin costo, con seguimiento para quien denuncia y registro de cada etapa. Ley Karin para pymes.

Preguntas frecuentes

¿Una pyme necesita protocolo de prevención?

Sí. Todo empleador debe tenerlo (art. 211-A del Código del Trabajo). Con menos de diez trabajadores permanentes se entrega por escrito al firmar el contrato y se incorpora al reglamento de higiene y seguridad.

¿Esta plantilla reemplaza el modelo oficial?

No. La Superintendencia de Seguridad Social publicó un modelo oficial (Anexo N° 53 de la Circular 3813), que tu mutual o el ISL debe poner a tu disposición junto con asistencia técnica. Esta plantilla resume las secciones mínimas para que la completes con ellos.

¿Cómo evalúo los riesgos si tengo menos de 10 trabajadores?

La Circular 3813 permite identificar y medir los riesgos con la pauta sugerida del Anexo N° 54; el cuestionario CEAL-SM/SUSESO es obligatorio desde 10 trabajadores.

Otras plantillas

  • Formulario Ley KarinAcoso laboral, acoso sexual y violencia en el trabajo, según el DS 21.
  • Formulario de éticaDenuncia general para cualquier infracción al código de conducta.
  • Formulario de fraudeFraude e irregularidades financieras para el modelo de prevención de delitos.
  • Formulario de cohecho y corrupciónCohecho, corrupción entre particulares, lavado de activos y receptación.
  • Formulario de medio ambiente y seguridadCondiciones inseguras, accidentes e incidentes ambientales.
  • Formulario de conflicto de interésConflictos de interés reales, potenciales o aparentes.
  • Formulario de discriminaciónDiscriminación arbitraria y trato indebido.
  • Informe de investigaciónLas nueve secciones de contenido mínimo del DS 21, art. 16.
  • Acta de medidas de resguardoQué medidas, con qué fundamento y a quién se informan.

Fuentes

  • Código del Trabajo, arts. 2, 4, 153 a 156, 160, 168, 211-A a 211-E, 485, 489 y 505 bis a 506 ter — BCN
  • Decreto Supremo N° 21 de 2024, Ministerio del Trabajo (reglamento de investigaciones) — BCN
  • Superintendencia de Seguridad Social, Circular N° 3813: asistencia técnica para la Ley Karin
  • SUSESO, Circular N° 3813 (PDF), con el modelo de protocolo del Anexo N° 53 y la pauta del Anexo N° 54
  • Ley 16.744 (accidentes del trabajo y enfermedades profesionales), arts. 67 y 76 — BCN

Plantilla informativa, no asesoría legal ni modelo oficial. Complétala con tu organismo administrador.

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